Reglamento para ruido de motocicleta
Está prohibido alterar ilegalmente los sistemas de control del ruido. La ley federal prohíbe las siguientes acciones o causar las mismas:
-
Remover o convertir en inoperable, por parte de cualquier persona, excepto para los propósitos de mantenimiento, reparación o reemplazo, cualquier dispositivo o elemento de diseño integrado en cualquier vehículo nuevo para el propósito de control del ruido antes de su venta o entrega al comprador final, o durante su uso, o
-
El uso del vehículo después de que alguna persona haya retirado o convertido en inoperativo dicho dispositivo o elemento.
Algunas de estas acciones que se presume que constituyen alteración ilegal son:
-
Retiro o perforación del silenciador, atenuadores, múltiples o cualquier otro componente que conduzca gases del escape.
-
Retiro o perforación de cualquier parte del sistema de admisión.
-
Falta de mantenimiento adecuado.
-
Reemplazo de cualquier parte móvil del vehículo, o partes del sistema del escape o del sistema de admisión, por partes que no sean las especificadas por el fabricante.
Este producto debe revisarse para reparación o reemplazo si el ruido de la motocicleta ha aumentado significativamente con el uso. De lo contrario, el propietario puede estar sujeto a multas de conformidad con los reglamentos estatales y locales.